USCIS y la buena noticia para inmigrantes en EEUU: Green Card para los exbeneficiarios del parole humanitario con estos requisitos
El 12 de junio de 2025, el DHS anunció el fin del 'parole humanitario' que permitía a miles de inmigrantes en Estados Unidos.
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El 12 de junio de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció el fin del ‘parole humanitario’, un programa que otorgaba a miles de inmigrantes la posibilidad de residir y laborar legalmente en Estados Unidos. Esta decisión impactó especialmente a ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela. A pesar de esta medida, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) afirmó que los exbeneficiarios aún tienen la opción de solicitar la Green Card.
Para evitar la deportación automática por el gobierno de Donald Trump, los inmigrantes cubanos pueden acceder a los requerimientos de la tarjeta verde. Según la Ley de Ajuste Cubano de 1996, este grupo de latinos pueden regularizar su estatus legal para continuar residiendo en el país.

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¿Qué es la Ley de Ajuste Cubano?
La CCA fue promulgada durante la administración del expresidente Bill Clinton para otorgar la residencia a inmigrantes cubanos que huyeron de su país durante el régimen de Fidel Castro. La legislación permite a los ciudadanos obtener la Green Card mediante los trámites del USCIS y vivir en EE.UU. con estatus legal.
Esta norma permitirá a los cubanos, que ingresaron a suelo estadounidense por el ‘parole humanitario', permanecer en el país con la finalidad de no ser deportados a otros países por las autoridades migratorias.
¿Cómo acceder a la Green Card para inmigrantes cubanos?
Los inmigrantes cubanos que deseen acceder a la Green Card deberán cumplir con ciertos requisitos establecidos por USCIS. Para ello, tendrán que cumplir con lo exigido por la ley al solicitar la residencia permanente:
- Residencia mínima: haber residido en EE.UU. durante al menos un año y un día bajo el parole humanitario.
- Documentación de nacionalidad: presentar documentos que certifiquen la nacionalidad cubana, tales como:
- Pasaporte cubano (vigente o expirado).
- Certificado de nacimiento cubano.
- Carta de ciudadanía cubana.
- Formulario I-485: completar y presentar la solicitud de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
- Formulario I-765 (opcional): si se desea trabajar mientras se espera la resolución, presentar el documento para solicitar un permiso de trabajo temporal.
- Elegibilidad para familiares: los cónyuges e hijos de los beneficiarios también pueden ser elegibles para solicitar la tarjeta verde.
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